Publicado en el Semanario El Poder, del 23 al 29 de junio
Debe primar la sensatez…
Ricardo
Sánchez-Serra*
Me
indigna que a las personas que ponen en orden las cosas, imponen disciplina y
son rectos en su accionar se les haga problemas y hasta se les destituya.
Esto
ha sucedido con el coronel Tomás Garay, quien fue cesado del cargo del penal de
Lurigancho (ahora dicen que sólo fue separado temporalmente), por el director
general de la Policía, Raúl Salazar, por motivo de disponer un corte de cabello
–con máquina número 3, es decir no llega al rape- a los reclusos.
Creo
que la decisión del general Salazar es precipitada (ese coronel no debe ser de
su cogollo) y sólo ha pretendido curarse en salud buscando la solución más
fácil para tratar de evitar las críticas, que más bien se han acrecentado en
apoyo al coronel.
Ante
la censura de la Defensoría del Pueblo, el ministro de Justicia y el Jefe del
Inpe “safaron” el cuerpo, diciendo que no habían autorizado el corte.
Irracionalmente
se sostiene que es una medida denigrante y que viola los derechos humanos de
los presos, que parecieran tener más derechos que los ciudadanos libres.
Siguiendo
el razonamiento entonces es también vejatorio el rapado a los cachimbos que
ingresaron a la universidad o a los admitidos a las Fuerzas Armadas y Policía
Nacional. ¿Acaso no alegra ver a nuestros hijos, sobrinos o amigos “rapados”
por ingresar a esas instituciones? ¿No es, más bien, un motivo de orgullo?
¡Entonces
deben prohibir el rapado a los ingresantes a las instituciones militares y
policiales! Absurdo…
Los establecimientos penitenciarios de otros
países señalan que el rapado o semirapado no constituyen un trato cruel, inhumano y degradante, sino que se trata
de una medida de seguridad orientada a salvaguardar la vida e integridad de los
internos y del personal que administra la cárcel. En efecto, se tratan de
evitar los “cambiazos o suplantación
de personas” posteriores a las visitas y que
además, el porte de cabello largo facilita el ocultamiento de droga y armas. Yo
añadiría que hasta por razones de salud es bueno el rapado, por enfermedades
del cabello (piojos, seborrea, tenia).
A
nivel internacional, sin embargo, hay mucha jurisprudencia que se opone al
rapado de los presos. En Colombia, por ejemplo, un tribunal de Boyacá sentenció
que “si bien el corte de cabello no
puede ser considerado como un trato cruel o inhumano sí resulta ser degradante
por cuanto en los términos definidos
en el diccionario como equivalentes a deshonrar, humillar o envilecer de
ingrata recordación las cámaras de gas en Alemania donde el primer paso era
rapar a los judíos como una medida humillante para luego proceder a las crueles
ejecuciones”.
La
corte colombiana evoca al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que
ha considerado que para apreciar la existencia de tratos inhumanos y
degradantes, es necesario que ésos “acarreen
sufrimientos de una especial intensidad, o provoquen una humillación o sensación de envilecimiento que
alcance un nivel determinado, distinto y superior al que suele llevar aparejada
la imposición de la condena”.
Finalmente el tribunal aduce que toda persona tiene derecho a su propia
imagen y que el mismo objetivo se puede
alcanzar empleando un medio menos gravoso para la dignidad humana, la práctica
de una peluqueada que permita lucir un cabello corto, sin alterar los rasgos
faciales y que proteja al mismo tiempo al interno del intenso frío que
caracteriza a la región donde se halla ubicado el penal.
Hay que preservar el derecho de los
internos, pero no hay que exagerar. Un corte de pelo no hace daño a nadie. En
otros centros penitenciarios del exterior en los que se aplicó el rapado, no se
destituyó a nadie, más bien se dijo que en el futuro no se reitere. Felicito al
coronel Garay y se espera que el alto mando policial no lo sacrifique en aras
de contentar a los presos. Ojalá prime la sensatez.
*Periodista. Miembro de la Prensa
Extranjera.
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Twitter: @sanchezserra
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