J. Eduardo Ponce Vivanco, ex Viceministro de RREE de Perú
PARAGUAY "El envilecimiento del diálogo"
LIMA -
La turbulencia social que sufrimos es resultado de una severa crisis de autoridad. Causa de esta situación es haber convertido al “diálogo” en un mecanismo de probada eficacia para convalidar la ruptura de la ley por quienes usan la violencia para imponer su voluntad sobre los derechos de la mayoría democrática.
La relativización de normas y valores, similar en lo interno y lo externo, es un paisaje familiar en el Perú. No debería sorprender entonces que el Canciller afirmara el jueves en La Hora N que las sanciones políticas en un organismo internacional (suspensión de Paraguay en UNASUR) pueden adoptarse sin base jurídica. En efecto, en la reunión de Mendoza nadie recordó el principio de que “no hay pena sin ley” (nulla poena sine lege). Como entre nosotros, “el diálogo” sirvió a los audaces para imponer sus objetivos estratégicos. Se ignoró la ley (no hay norma vigente sobre sanciones en UNASUR) y el principio de no intervención, obligatorio para la comunidad internacional. Ulloa definía intervención como la “injerencia coactiva en los asuntos internos o externos de otro Estado”, y eso es lo que hemos hecho, abusivamente, con Paraguay.
Cuando el ministro se escudó en la unanimidad de la decisión seguramente se refería a la modalidad del consenso requerido en UNASUR: los inconformes no se oponen a la mayoría, aunque no estén de acuerdo con ella. “Fuente Ovejuna” (todos a una), y ninguno es culpable porque todos lo son. Se encubrieron colectivamente para incumplir su propio Tratado Constitutivo (ver artículo 12°).
Sentenciaron al acusado sin escucharlo. Lugo sí estuvo e intervino en el Congreso antes de ser destituido por mal desempeño en el cargo, una de las causales de juicio político taxativamente establecidas en la Constitución paraguaya, que solo a Paraguay le compete interpretar. Pero no se oyó al presidente Franco o al presidente del Congreso antes de sancionarlos. Prefirieron copiar la prepotencia con que el MERCOSUR castigó a Paraguay -en ausencia- para admitir a Venezuela, porque conocían la oposición del Congreso paraguayo por la incompatibilidad de la conducta dictatorial de Chávez con la cláusula democrática del MERCOSUR.
El (in)debido proceso es el argumento que invoca UNASUR (Decisión N° 26/2012), evidenciando el doble rasero de los fariseos de la democracia latinoamericana cuando juzgan las conductas de otros. Es la ley del embudo que prima en la ALBA y Cuba, sojuzgados por regímenes fascistas que han convertido la democracia en una farsa, en una lastimosa dictadura electoral. Ni ellos ni Argentina alcanzan los estándares democráticos del Paraguay, con Lugo o con Franco.
El Canciller aseguró que según la Convención sobre Derecho de los Tratados basta la firma para que un Estado quede obligado por un acuerdo internacional. Prefirió ignorar que esa Convención estipula (artículo 14°,I,a) que cada acuerdo establece la modalidad de su entrada en vigor. Tampoco recordó el artículo 8° de la cláusula democrática de UNASUR que exige nueve ratificaciones para su vigencia (solo hay tres).
No comentaré otras inconsistencias y errores voluntarios del ministro en su afán de disimular la raigambre caviar de su visión integracionista, pues lo que urge en esta coyuntura, sea en Cajamarca o en la coordinación de UNASUR -que tan inoportunamente hemos aceptado-, es que el gobierno tenga claro que el diálogo solo se justifica cuando busca aplicar la ley, no legitimar su incumplimiento.
La relativización de normas y valores, similar en lo interno y lo externo, es un paisaje familiar en el Perú. No debería sorprender entonces que el Canciller afirmara el jueves en La Hora N que las sanciones políticas en un organismo internacional (suspensión de Paraguay en UNASUR) pueden adoptarse sin base jurídica. En efecto, en la reunión de Mendoza nadie recordó el principio de que “no hay pena sin ley” (nulla poena sine lege). Como entre nosotros, “el diálogo” sirvió a los audaces para imponer sus objetivos estratégicos. Se ignoró la ley (no hay norma vigente sobre sanciones en UNASUR) y el principio de no intervención, obligatorio para la comunidad internacional. Ulloa definía intervención como la “injerencia coactiva en los asuntos internos o externos de otro Estado”, y eso es lo que hemos hecho, abusivamente, con Paraguay.
Cuando el ministro se escudó en la unanimidad de la decisión seguramente se refería a la modalidad del consenso requerido en UNASUR: los inconformes no se oponen a la mayoría, aunque no estén de acuerdo con ella. “Fuente Ovejuna” (todos a una), y ninguno es culpable porque todos lo son. Se encubrieron colectivamente para incumplir su propio Tratado Constitutivo (ver artículo 12°).
Sentenciaron al acusado sin escucharlo. Lugo sí estuvo e intervino en el Congreso antes de ser destituido por mal desempeño en el cargo, una de las causales de juicio político taxativamente establecidas en la Constitución paraguaya, que solo a Paraguay le compete interpretar. Pero no se oyó al presidente Franco o al presidente del Congreso antes de sancionarlos. Prefirieron copiar la prepotencia con que el MERCOSUR castigó a Paraguay -en ausencia- para admitir a Venezuela, porque conocían la oposición del Congreso paraguayo por la incompatibilidad de la conducta dictatorial de Chávez con la cláusula democrática del MERCOSUR.
El (in)debido proceso es el argumento que invoca UNASUR (Decisión N° 26/2012), evidenciando el doble rasero de los fariseos de la democracia latinoamericana cuando juzgan las conductas de otros. Es la ley del embudo que prima en la ALBA y Cuba, sojuzgados por regímenes fascistas que han convertido la democracia en una farsa, en una lastimosa dictadura electoral. Ni ellos ni Argentina alcanzan los estándares democráticos del Paraguay, con Lugo o con Franco.
El Canciller aseguró que según la Convención sobre Derecho de los Tratados basta la firma para que un Estado quede obligado por un acuerdo internacional. Prefirió ignorar que esa Convención estipula (artículo 14°,I,a) que cada acuerdo establece la modalidad de su entrada en vigor. Tampoco recordó el artículo 8° de la cláusula democrática de UNASUR que exige nueve ratificaciones para su vigencia (solo hay tres).
No comentaré otras inconsistencias y errores voluntarios del ministro en su afán de disimular la raigambre caviar de su visión integracionista, pues lo que urge en esta coyuntura, sea en Cajamarca o en la coordinación de UNASUR -que tan inoportunamente hemos aceptado-, es que el gobierno tenga claro que el diálogo solo se justifica cuando busca aplicar la ley, no legitimar su incumplimiento.
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