PUBLICADO EN EL DIARIO EL PERUANO, DE LIMA-PERU, EL 3 DE AGOSTO DE 2008
REORDENAMIENTO PESQUERO O LA LEY DEL ORDEN
Defendiendo el medio ambiente y al pescador
Ricardo Sánchez-Serra.
Periodista. Dirigente de la Prensa Extranjera.
Las palabras del presidente Alan García Pérez en su discurso ofrecido el 28 de julio ante el Congreso son contundentes: “Y el reordenamiento pesquero reconstituirá la biomasa, resguardará el medio ambiente, garantizará ingreso para todos los pescadores, sin despidos y sin el abuso y el desorden que proliferaron habiendo demasiada pesca negra que no pagaba impuestos ni era registrada.”
El D. Leg. N° 1084 que establece los Límites Máximos de Pesca por Embarcación (LMPE) tiene por finalidad ordenar el sector. Habrá mejor trato al pescador y más días de trabajo para pescar. No habrá más la loca carrera olímpica que ponía en peligro sus vidas, es decir, ya no se pescará 47 días al año, sino más de 200 días.
Los pescadores no deben dejarse engañar. Este decreto los protege. Se ha prohibido el despido por dos años. Antes de la dación de la aludida norma sí se podía despedir. Hoy no. Es más, antes del decreto en mención, los empleadores tenían que pagar a los pescadores al ser despedidos un sueldo y medio por año de servicio, hasta un máximo de 12 sueldos. Ahora, a los pescadores que decidan renunciar libremente se les tiene que pagar 2.25 sueldos por año de servicio, hasta un máximo de 18 sueldos. Además, se les tiene que pagar durante tres años lo que cuesten los estudios que los trabajadores podrán escoger para reacomodarse en el ámbito laboral.
Insistimos, no hay despidos; solo si el trabajador desea puede acogerse a la renuncia voluntaria. Más aún, si el renunciante tiene 50 años cumplidos, el armador le tendrá que pagar la mitad de su sueldo cada mes por jubilación adelantada, hasta los 55 años en que puede acogerse a la jubilación normal anticipada.
El sueldo mínimo a pagar será 500 nuevos soles y el máximo 3 mil nuevos soles.
El ministro Rafael Rey dispuso que para las embarcaciones de madera su LMPE se calculará teniendo en cuenta únicamente el mejor año de su historial de captura, que determinará el 100 por ciento de su LMPE. No es cierto, en ningún caso, que las embarcaciones de madera pescarán 30 o 40 por ciento menos que su historial de captura. Pescarán igual o más. Un ejemplo, las embarcaciones de madera –según estudio de Apoyo– deberían pescar 50 por ciento por el historial de captura y 50 por ciento por la capacidad de bodega autorizada. Empero, finalmente, la ley aprobada determinó que sea por el 100 por ciento de su historial de captura. Esto es, a todas luces, asegurar la pesca para los pescadores.
El D. Leg. N° 1084 fue elaborado por el Ministerio de la Producción, con base en información técnica recabada de numerosos libros y estudios nacionales e internacionales entre los que están los estudios de Macroconsult y Apoyo, así como el de Prospectiva del Perú (2006), de la Organización de Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial; Republic of Peru: environmental sustainability: a key to poverty reduction in Peru, Banco Mundial (2007) y Applying environmental policy instruments: green and blue sectors Banco Mundial (2002), entre otros.
1 comentario:
Lamentablemente, y a pesar del buen manejo del Ministro Rey en su momento muhcas cosas no se cumplieron....
PARTIDO APRISTA PERUANO - PLAN DE GOBIERNO 2006-2011
II. PLAN DE ACCION INMEDIATA – 180 DIAS
6. Seguridad Alimentaria.
Ampliar la entrega del vaso de leche.
Restituir el Ministerio de Pesquería.
E. PROMOCION DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICION
159. Concertar un Programa Nacional de Pesca para consumo humano directo de calidad, mediante la reestructuración de la flota.
D. PESQUERIA Y ACUICULTURA
254. Considerar al Sector Pesquero como fuente primordial para la alimentación y prevención de la salud para la población nacional pobre y en extrema pobreza, especialmente de madres gestantes y lactantes y de niños de tres años, orientado a reducir la desnutrición (proteínas, calorías) y eliminar la malnutrición (vitaminas y minerales), en un plazo de diez años, mediante el consumo de pescado- Anchoveta, de 14.2 Kg./ hab. a 31.1Kg./ hab., complementado con productos regionales (papa, camote, quinua, maíz, entre otros), mediante la comercialización de cadenas y cluster privados.
255. Impulsar el desarrollo de la Acuicultura Marítima (langostinos, concha de abanico, choros, abalones, turbot, engorde de atunes), Lacustre (tilapia, trucha) y Fluvial (gamitana, paiche y peces ornamentales), para desarrollar productos competitivos y de alto valor agregado, que generen trabajo y divisas. Para consolidar esta actividad proponemos crear el Instituto de Desarrollo de la Acuicultura (IDEA).
256. Impulsar la implementación de un adecuado Reordenamiento Pesquero concertado.
257. Proponer que en el Reordenamiento del Estado, se considere que el Sector Pesquero debe estar incluido dentro del primer nivel de decisión política y que el Instituto del Mar del Perú se reubique fuera del sector pesquero, pero dentro del más alto nivel del Estado.
258. Proponer que el Rol del Estado en el sector pesquero sea el de promover, facilitar y regular su desarrollo, con participación del sector privado, quien asume la inversión y gestión en todas las actividades de extracción, transformación y comercialización.
259. Reafirmar nuestra soberanía territorial marítima de las 200 millas.
260. Sostener que es de interés nacional preservar las especies pelágicas y declarar la zona costera de las 5 millas, para pesca exclusiva de los pescadores artesanales.
261. Proponer la modernización y construcción de embarcaciones artesanales con tecnología y asignación de líneas de créditos; propiciaremos que las embarcaciones industriales estén dotadas de adecuadas bodegas refrigeradas y aparejos apropiados para pesca de consumo humano directo e indirecto; promoveremos la presencia de flota nacional para pesca de altura, bacalera y atunera; y prohibiremos la construcción de nuevas embarcaciones industriales.
262. Propiciar que el desarrollo de la pesca de pota, atún y especies pelágicas principalmente anchoveta, jurel y caballa, se destine para el consumo humano interno, para la industria nacional (conservas, etc.) y la exportación; así como la investigación y utilización de nuevas especies pesqueras.
263. Impulsar la consolidación del Perú como “primer país de extracción de especies para la producción y exportación de harina y aceite de pescado de alto valor agregado”.
264. Proponer la consolidación y el fortalecimiento del Fondo de Desarrollo Pesquero, como ente financiero.
265. Fortalecer el aseguramiento de salud y de jubilación de los pescadores incluyendo en forma efectiva a los pescadores artesanales, a través de consolidar la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, convirtiéndola en institución especializada y competitiva.
266. Propiciar el desarrollo de la investigación científica, tecnología e innovación.
267. Apoyar la presencia del PERU en la Antártida.
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